A horas de conocer quién será el nuevo presidente de la Argentina por los próximos cuatro años resulta oportuno revisar cuáles son las deudas que la justicia argentina aún mantiene a 40 años de la recuperación de la democracia.
Existe una opinión compartida por sectores importantes de la población acerca de un marcado desprestigio de la Justicia. Esta percepción de la ciudadanía es real en tanto así se desprende de informes que son de acceso público y reconocida credibilidad[1]. De ello podríamos concluir, que es extendido el escepticismo sobre la capacidad que conservan los poderes judiciales, tanto nacional como provinciales, para gestionar la creciente conflictividad de nuestra sociedad.
¿Estas incapacidades son reales? ¿Podemos verificarlas en el funcionamiento de los poderes judiciales de nuestro país? Sin dudas que no. En general, encontramos poderes judiciales que se han revisado, que han avanzado en distinta forma y medida en reformas de sus sistemas procesales y se debaten a diario en avances y retrocesos por mejorar el servicio de justicia que brindan en sus respectivas jurisdicciones y competencias. Algunos, como el Poder Judicial de la Nación, que muchas veces realiza los mayores aportes al desprestigio generalizado, es el que presenta las mayores demoras y resistencias para revisarse y adecuarse a los reclamos ciudadanos. Evidentemente, estas deficiencias, encuentran explicación en profundas y complejas razones políticas que requieren urgente tratamiento y solución, como señalaré más abajo.
Ahora bien, es un hecho que desde el diseño constitucional, el Poder Judicial es el menos democrático de los poderes del Estado. Tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo ostentan una legitimidad de origen de la que el Judicial carece: los primeros se renuevan regularmente mediante el voto popular, mientras que la legitimidad de quienes integran el Poder Judicial deriva de manera indirecta de las leyes que rigen su funcionamiento. Esta es una realidad ineludible y en gran medida de imposible o compleja modificación.
¿Explica esto de manera completa la negativa percepción de la ciudadanía? No lo creo. Pues, si bien es lógico que exista menos identificación de la ciudadanía con funcionarios que no ha elegido, también es cierto que las deficientes respuestas del Poder Judicial para la gestión de los más variados y diversos asuntos resulta una explicación más plausible y razonable.
No obstante, esta menor legitimidad de origen, impone sobre los integrantes del Poder Judicial una carga, que, en general, aunque con destacadas excepciones, en mi modesta opinión es incumplida.
[1]https://udesa.edu.ar/noticias/encuesta-que-imagen-tienen-los-argentinos-del-campo-los-movimientos-sociales-los-sindicatos-y-la justicia.
El Poder Judicial debe asumir con profunda convicción el rol que la sociedad espera y requiere de él: un poder del Estado que brinde un servicio público que no se limite a la función de gestionar la conflictividad ciudadana respetando derechos humanos y garantías constitucionales; sino que al hacerlo, asuma también la función de comunicarle a la sociedad con claridad y transparencia las decisiones que toma.
Este diálogo, actualmente inexistente, es la mayor deuda de la Justicia con la democracia.
Instaurar esta comunicación resulta imprescindible para lograr transmitir el verdadero y último sentido que tiene todo sistema de justicia: la formalización del conflicto como forma de devolverle a la comunidad la paz que ha perdido.
La pregunta es, ¿de qué manera, las nuevas autoridades de los Poderes Ejecutivos y Legislativos que asumirán por los próximos cuatro años podrían atender a esta y otras deudas y pendientes?
En mi criterio, a nivel nacional, en el marco de una democracia fortalecida, deberían construirse los acuerdos políticos necesarios para concretar varias cuestiones:
- la resolución de los problemas de funcionamiento de una Corte Suprema totalmente sobrecargada de casos, con demoras inexplicables, cuestionamientos de todo tipo y un evidente déficit de paridad de género (dos años pasaron desde la renuncia de la única jueza mujer que integraba el tribunal);
- el traspaso de la justicia nacional de la ciudad de Buenos Aires a su jurisdicción constitucional;
- la efectiva y total implementación de la reforma procesal penal adversarial aprobada en el año 2.015 mediante la ley 27.063 (solo implementada en Salta y Jujuy);
- la designación del Procurador/a General de la Nación (vacante hace ya seis años) y del Defensor/a del Pueblo de la Nación (vacante desde el año 2.009);
- la aprobación de una nueva Ley del Consejo de la Magistratura;
- la oralización de la justica civil nacional;
- la implementación de una ley de juicios por jurados.
Por su parte, en el orden provincial, dadas las reformas ya efectuadas, los pendientes son menores. De todas modos, creo que resultaría sumamente importante fortalecer la oralización y la gestión administrativa de la justicia civil y de familia; concretar la autonomía plena del Ministerio Público de la Defensa; e implementar el juicio por jurados en la justicia penal conforme el compromiso asumido al momento del dictado de la ley 2.287 (art. 1°).
Francisco Marull
Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas